viernes, 10 de junio de 2016

UN NUEVO DESAFÍO PARA LAS EMPRESAS E INSTITUCIONES “LEY DE GESTIÓN DE RIESGOS Y EMERGENCIAS”

Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias en Chile, una nueva relación entre el sector público y privado.


“Ley de Gestión de Riesgos y Emergencias” ¿Cuál será el rol que tendrán las organizaciones privadas en el Proyecto de ley que establece un Sistema Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias?

El pasado mes de marzo, en la Tercera Conferencia Mundial de Naciones Unidas llevada a cabo en Sendai, fue aprobado el Nuevo Marco para la Reducción de Riesgos de Desastres 2015-2030. En esta ocasión, entre las prioridades que se marcaron como relevantes para este periodo, destaca la número 2, que hace referencia a fortalecer la Gobernanza del riesgo de desastres para gestionarlo, donde se detecta la necesidad de contar con objetivos claros, planes, competencias, directrices y coordinación en todos los sectores.
¿Qué se requiere entonces, para fortalecer la gobernanza del riesgo de desastres en todas las fases de la gestión de riesgos?
Para esto, es necesario fomentar la colaboración y las alianzas entre instituciones de todos los sectores, desarrollando marcos nacionales y locales de leyes, regulaciones y políticas públicas que definan distintas funciones y responsabilidades y ayuden a los sectores tanto públicos y privado. Si lanzamos la mirada sobre Chile, ya en la pasada legislatura, se puso en marcha un Proyecto de ley en la que se proyectaba, entre otros aspectos, asignarle a la Oficina Nacional de Emergencias, la entidad de Agencia Autónoma. En días pasados, ese Proyecto de Ley se ha visto modificado con un nuevo alcance: crear un Sistema Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias, además de sustituir a la ONEMI por el denominado Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias. Finalmente el Senado de Chile, aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece el Sistema Nacional de Emergencia y Protección Civil y crea la Agencia Nacional de Protección Civil. Si cruzamos y comparamos este nuevo Proyecto de ley con la citada prioridad del Marco de Sendai, destacamos entonces, como en ambas ocasiones se menciona la necesidad de coordinarse entre todos los sectores, matizando el sector público y privado, entre otros. En este sentido, el nuevo Sistema Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias involucra ente otros, a todos los órganos del Estado, así como a las entidades del sector privado, organizaciones gubernamentales y comunitarias, manteniendo una visión escalable, desde lo Local a lo Nacional. Por lo tanto, lo que se viene requerirá el desarrollo y fortalecimiento de las organizaciones – públicas y privadas – en temas relacionados a planificación, preparación, coordinación, capacitación y entrenamiento, en materias que les permita actuar de manera coordinada, oportuna y eficiente.
Ahora, y centrándonos en el rol de los privados en el nuevo Sistema Nacional, se desarrollan en el articulado del Proyecto de Ley, aspectos fundamentales en lo que a las organizaciones privadas se refiere:
- “Deberán responder en el momento propicio en cada fase de la emergencia de acuerdo a las responsabilidades establecidas en cada una de ellas, aplicando adecuadamente los planes, normas e instrumentos dictados por las autoridades competentes en el marco del Sistema” Aquellas entidades privadas que provean servicios de utilidad pública o sean esenciales para la respuesta podrán ser convocados y coordinados por el COE como apoyo.
- El Sistema está conformado por el conjunto de entidades públicas y privadas que se señalan e incluye las normas, políticas, planes y otros instrumentos de gestión, que se organizan desconcentrada o descentralizadamente y de manera escalonada, desde el ámbito comunal, provincial, regional y nacional para garantizar una adecuada gestión de las fases del ciclo de riesgo.
- Establece que la Gestión de Riesgos y Emergencias corresponde al proceso continuo de la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas, planes, programas, regulaciones, instrumentos, estándares, medidas y acciones permanentes para el conocimiento y la reducción del riesgo, así como a la organización y gestión de los recursos, potestades y atribuciones que permitan hacer frente a los diversos aspectos de las emergencias y la administración de las diversas fases del ciclo de riesgo, y que involucrará tanto a los órganos de la Administración del Estado, cuya participación sea requerida, así como a las entidades del sector privado cuya participación les sea solicitada.
- El Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Crisis “podrá requerir de los organismos privados con capacidades humanas, operativas y materiales para la gestión de riesgos y emergencias, información respecto a sus medios y recursos, que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Con ello, elaborará un registro de organismos donde se precisen sus capacidades y así tener centralizada toda la información crítica de las empresas privadas en el Plan Nacional.
- En la Política Nacional, los órganos de la Administración del Estado que se individualicen, deberán elaborar una serie de Políticas Sectoriales de Gestión de Riesgos y Emergencias donde, entre otros, serán convocadas: “ las entidades privadas ligadas a su sector o sometidas a fiscalización o supervigilancia, como también las entidades que administren o provean servicios de utilidad pública o aquellos que, según las disposiciones de la ley 19.880 sean esenciales en la gestión de riesgos y emergencias”. Estas Políticas Sectoriales, una vez aprobadas, serán vinculantes. Como observamos, uno de los ejes centrales para la Nueva Institucionalidad y, en definitiva, para el futuro Sistema Nacional de Gestión de Riesgos y Crisis es precisamente la instancia colaborativa público-privada, y el rol protagonista que esta última adquiere en cuanto a la planificación de la gestión de riesgos y emergencias que se desarrolla. Por ello, es crítico y recomendable estar preparados, incorporando un sistema de gestión de emergencias y crisis formalizado, interiorizado por la organización, no sólo como una anticipación a lo que se avecina, sino porque ciertamente es la mejor garantía de fortalecer a cada organización, mejorando su sistema de respuesta, ante la amenaza de cualquier tipo de evento que pueda generar una crisis y por ende, una pérdida de la continuidad operacional y de negocios. Lo anterior, facilitará la coordinación y respuesta entre el mundo público y privado, como también, beneficiará la recuperación y continuidad de las operaciones de las empresas que se encuentren afectadas por la crisis.


María Jesus Pérez Cotta
Consultor Senior en Manejo de Crisis
Emergency Response Consulting