viernes, 29 de julio de 2016

Riesgos de operación de una terminal de regasificación: temores recurrentes 

Articulo publicado por Nuestromar



(FNM) Las recientes declaraciones televisivas formuladas a la ligera por el y político Aldo Pignanelli, reavivando preocupaciones sobre riesgos asociados a las de y regasificación en puertos argentinos, fueron abordadas en un artículo publicado días atrás por el prestigioso sitio lanueva.com, reproducido en esta página. Como un aporte al tema, consultamos a Jan Kok, consultor independiente en temas marítimos, con vasta en esta particular . Esto nos dijo.
“La primera de GNL se hizo en enero de 1959 en un buque especialmente diseñado, llamado “Methane Pioneer”. Cargó unos 5.000m3 en Louisiana para el Reino Unido. En 1964 Shell construyó dos buques de mayor porte (24.000m3) y comenzaron a transportar GNL desde Argelia al Reino Unido.
En 1969 se inició también un tráfico regular entre Alaska y Japón con buques ya de 71.500m3. En los ’70 el GNL empezó a “tomar vuelo” con plantas de licuefacción en Argelia, Indonesia, Emiratos Árabes y esto siguió creciendo hasta la fecha.
A principios del siglo actual el GNL tomó nuevo ímpetu con terminales de regasificación nuevas en zonas también nuevas. En tanto que hasta entonces todas las plantas de regasificación habían sido construidas en tierra, en 2007 Petrobras licitó la primera instalación sobre un buque (típicamente conocidos como FSRU: Floating Storage and Regasification Unit, o unidad flotante de almacenaje y regasificación). Rápidamente, esta alternativa fue reconocida como una vía rápida de ingresar al mercado de GNL para satisfacer la creciente demanda de energía y, a la fecha, ya existen 21 buques de este tipo de los cuales 16 operan como regasificadores (dos de ellos en Argentina), en tanto que hay 6 adicionales en construcción.
Aunque ya hace más de 50 años que el GNL es transportado por buques, todavía existe la percepción de que es peligroso, y en muchos casos es considerado un riesgo inaceptable. La realidad es otra. Hasta la fecha los únicos accidentes que se produjeron con consecuencias importantes, incluso fatales, fueron en instalaciones de licuefacción. Los accidentes registrados con buques, fueron varaduras, colisiones menores y pequeños derrames causados por fallas en la operación, sin consecuencias ambientales ni de otro tipo.

Accidentes creíbles
El evento máximo creíble se define como el peor accidente de cada tipo considerado plausible o razonablemente creíble. Su análisis y las posibles medidas de salvaguarda constituyen el método para minimizar riesgos por prevención o mitigación. Esto incluye el rango entero de posibles eventos, hasta los más improbables. Esta metodología es la utilizada como base, en el mayor número conocido de regulaciones.
Los escenarios estudiados estipulan una serie de posibles daños y sus consecuencias:
a) 0,25 m  Máximo diámetro creíble de orificio causado por una “pinchadura”
b) 0,75 m  Máximo diámetro creíble de orificio ocasionado por un evento operativo accidental
c) 1,5 m (1.7 m2) Máximo orificio creíble por un evento terrorista
d) 7.000m3/hr Máximo evento de derrame operacional creíble (10 minutos)
e) 10.000m3/hr Máximo evento de sabotaje creíble (60 minutos)

Percepciones
Existen varias asunciones erróneas respecto al GNL que requieren aclaración. El GNL no explota en la forma que se percibe una situación catastrófica. El GNL puede generar pequeñas explosiones cuando “toca” el agua, que son llamadas “Fase rápida de transición” (traducción del Ingles RPT: Rapid Phase Transition), o también “explosión sin llamas”. El volumen de GNL en su estado líquido, a -162 grados, no puede producir incendios.
Los estudios de peor escenario para una liberación masiva de GNL  han determinado que el mayor riesgo es por incendio en la superficie del agua, lo que ha determinado zonas de exclusión de 1,5 KM con el mayor riesgo dentro de los 500 m de los buques. En tests efectuados en la terminal de Montoir en 2007 sobre 35 metros de superficie la emisión de calor llego a un techo de 170KW/m2 con tendencia a decrecer por la saturación de gases de combustión incompleta.
La tecnología empleada y las reglamentaciones que se han puesto en vigencia hacen que la ocurrencia de derrames accidentales sea casi imposible. La mayoría de los estudios se han basado en posibles actos intencionales.
Los posibles efectos de ataques terroristas tampoco son plausibles dada las gruesas paredes de los cascos y tanques (doble pared). Solo armas de muy alta capacidad serían capaces de generar una ruptura de tanques y una liberación masiva de GNL.
Estudios hechos sobre la base de un volumen de derrame del orden de los 10.000 m3 (evento terrorista o de alto nivel de sabotaje) indican que el riesgo de incendios por vapores de gas puede llegar hasta las 3 millas (4,9KM) del buque si se dieran las condiciones de evaporación, vientos y diferencia de temperatura, según un estudio preparado por la Comisión de Servicios Públicos del estado de California para la Comisión Federal de Regulación de Energía.

Experiencia
Como referencia, hay terminales en lugares tan poblados como Hong-Kong, puertos chinos, centrales eléctricas japonesas, rías españolas, donde no hay registro de accidentes complicados. En Europa la terminal de Montoir, a 20KM de Nantes esta en operaciones desde 1980 sin incidentes. En la misma, aparte de las instalaciones en tierra también se han hecho operaciones de transbordo por razones comerciales entre buques, también sin problema alguno.
Es de entender que el GNL sea percibido como potencialmente peligroso para aquellos que conviven en cercanía de terminales. Los hechos, sin embargo,  demuestran lo contrario. No solamente resultan mínimos y muy lejanos los registros de eventos importantes sino que en los últimos años las reglamentaciones se han hecho cada vez más rígidas y coincidentes en la prevención y posible mitigación de problemas. Esto especialmente en los últimos 10 años, a partir de la fenomenal expansión del comercio de GNL. Dentro de esta expansión es notable la participación de FSRU donde hay 16 operando continuamente, 5 en forma alternativa y, a Mayo de 2016, 29 proyectadas para lo que hay solamente 6 unidades en construcción”.

NUESTROMAR 
29 Julio 2016

viernes, 10 de junio de 2016

UN NUEVO DESAFÍO PARA LAS EMPRESAS E INSTITUCIONES “LEY DE GESTIÓN DE RIESGOS Y EMERGENCIAS”

Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias en Chile, una nueva relación entre el sector público y privado.


“Ley de Gestión de Riesgos y Emergencias” ¿Cuál será el rol que tendrán las organizaciones privadas en el Proyecto de ley que establece un Sistema Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias?

El pasado mes de marzo, en la Tercera Conferencia Mundial de Naciones Unidas llevada a cabo en Sendai, fue aprobado el Nuevo Marco para la Reducción de Riesgos de Desastres 2015-2030. En esta ocasión, entre las prioridades que se marcaron como relevantes para este periodo, destaca la número 2, que hace referencia a fortalecer la Gobernanza del riesgo de desastres para gestionarlo, donde se detecta la necesidad de contar con objetivos claros, planes, competencias, directrices y coordinación en todos los sectores.
¿Qué se requiere entonces, para fortalecer la gobernanza del riesgo de desastres en todas las fases de la gestión de riesgos?
Para esto, es necesario fomentar la colaboración y las alianzas entre instituciones de todos los sectores, desarrollando marcos nacionales y locales de leyes, regulaciones y políticas públicas que definan distintas funciones y responsabilidades y ayuden a los sectores tanto públicos y privado. Si lanzamos la mirada sobre Chile, ya en la pasada legislatura, se puso en marcha un Proyecto de ley en la que se proyectaba, entre otros aspectos, asignarle a la Oficina Nacional de Emergencias, la entidad de Agencia Autónoma. En días pasados, ese Proyecto de Ley se ha visto modificado con un nuevo alcance: crear un Sistema Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias, además de sustituir a la ONEMI por el denominado Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias. Finalmente el Senado de Chile, aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece el Sistema Nacional de Emergencia y Protección Civil y crea la Agencia Nacional de Protección Civil. Si cruzamos y comparamos este nuevo Proyecto de ley con la citada prioridad del Marco de Sendai, destacamos entonces, como en ambas ocasiones se menciona la necesidad de coordinarse entre todos los sectores, matizando el sector público y privado, entre otros. En este sentido, el nuevo Sistema Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias involucra ente otros, a todos los órganos del Estado, así como a las entidades del sector privado, organizaciones gubernamentales y comunitarias, manteniendo una visión escalable, desde lo Local a lo Nacional. Por lo tanto, lo que se viene requerirá el desarrollo y fortalecimiento de las organizaciones – públicas y privadas – en temas relacionados a planificación, preparación, coordinación, capacitación y entrenamiento, en materias que les permita actuar de manera coordinada, oportuna y eficiente.
Ahora, y centrándonos en el rol de los privados en el nuevo Sistema Nacional, se desarrollan en el articulado del Proyecto de Ley, aspectos fundamentales en lo que a las organizaciones privadas se refiere:
- “Deberán responder en el momento propicio en cada fase de la emergencia de acuerdo a las responsabilidades establecidas en cada una de ellas, aplicando adecuadamente los planes, normas e instrumentos dictados por las autoridades competentes en el marco del Sistema” Aquellas entidades privadas que provean servicios de utilidad pública o sean esenciales para la respuesta podrán ser convocados y coordinados por el COE como apoyo.
- El Sistema está conformado por el conjunto de entidades públicas y privadas que se señalan e incluye las normas, políticas, planes y otros instrumentos de gestión, que se organizan desconcentrada o descentralizadamente y de manera escalonada, desde el ámbito comunal, provincial, regional y nacional para garantizar una adecuada gestión de las fases del ciclo de riesgo.
- Establece que la Gestión de Riesgos y Emergencias corresponde al proceso continuo de la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas, planes, programas, regulaciones, instrumentos, estándares, medidas y acciones permanentes para el conocimiento y la reducción del riesgo, así como a la organización y gestión de los recursos, potestades y atribuciones que permitan hacer frente a los diversos aspectos de las emergencias y la administración de las diversas fases del ciclo de riesgo, y que involucrará tanto a los órganos de la Administración del Estado, cuya participación sea requerida, así como a las entidades del sector privado cuya participación les sea solicitada.
- El Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Crisis “podrá requerir de los organismos privados con capacidades humanas, operativas y materiales para la gestión de riesgos y emergencias, información respecto a sus medios y recursos, que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Con ello, elaborará un registro de organismos donde se precisen sus capacidades y así tener centralizada toda la información crítica de las empresas privadas en el Plan Nacional.
- En la Política Nacional, los órganos de la Administración del Estado que se individualicen, deberán elaborar una serie de Políticas Sectoriales de Gestión de Riesgos y Emergencias donde, entre otros, serán convocadas: “ las entidades privadas ligadas a su sector o sometidas a fiscalización o supervigilancia, como también las entidades que administren o provean servicios de utilidad pública o aquellos que, según las disposiciones de la ley 19.880 sean esenciales en la gestión de riesgos y emergencias”. Estas Políticas Sectoriales, una vez aprobadas, serán vinculantes. Como observamos, uno de los ejes centrales para la Nueva Institucionalidad y, en definitiva, para el futuro Sistema Nacional de Gestión de Riesgos y Crisis es precisamente la instancia colaborativa público-privada, y el rol protagonista que esta última adquiere en cuanto a la planificación de la gestión de riesgos y emergencias que se desarrolla. Por ello, es crítico y recomendable estar preparados, incorporando un sistema de gestión de emergencias y crisis formalizado, interiorizado por la organización, no sólo como una anticipación a lo que se avecina, sino porque ciertamente es la mejor garantía de fortalecer a cada organización, mejorando su sistema de respuesta, ante la amenaza de cualquier tipo de evento que pueda generar una crisis y por ende, una pérdida de la continuidad operacional y de negocios. Lo anterior, facilitará la coordinación y respuesta entre el mundo público y privado, como también, beneficiará la recuperación y continuidad de las operaciones de las empresas que se encuentren afectadas por la crisis.


María Jesus Pérez Cotta
Consultor Senior en Manejo de Crisis
Emergency Response Consulting